jueves, 11 de agosto de 2016

Responsabilidad del Estado por daños de su actividad administrativa irregular.

El Derecho es, en esencia, dinámico. Hay quienes aprecian ese dinamismo como un dique que contiene los deseos o cambios sociales. Otros lo entienden como un canal para conducir dichos avances. Adaptarse a los cambios sociales a fin de crear el medio idóneo para impartir justicia en la sociedad debiera ser, por lo menos, su función para lograr el progreso y el desarrollo de la nación.

La responsabilidad patrimonial del Estado no es excepción en este escenario. Surge en función de los gobernados y de su protección. Aquellos que limitan sus libertades para formar un Estado jurídico y políticamente eficiente. Su pertenencia a un Estado no debe significar, en ningún caso, que queden en indefensión al sufrir menoscabo en su patrimonio por la mala administración del poder público.

Esta obra es, sin duda alguna, un punto obligado para todos aquellos interesados en el tema.

Presentación del Dr. Fernando Serrano Migallón. 

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