El futuro deseable a partir de la comprensión de nuestra época.
Bien lo estableció Ortega y Gasset: el arquetipo de servidor público es aquel “hombre oculto tras el role oficial [que] ha aceptado radicalmente éste, se ha sumergido por completo en él, ha inhibido de una vez para siempre su vida personal [...] hace lo que hace –el oficio– con verdadera fruición, cosa imposible si al individuo no le parece, ya como individuo, un ideal ser funcionario"[1].
No se trata de proyectar una
utopía, sino de establecer un ideal que oriente el desempeño de la función
pública. Frente a la realidad se deben establecer anhelos y expectativas que
guíen el ánimo; anhelos que inspiren a la acción, que le den contenido y
finalidad.
Tampoco se trata de la apología a
la ley que proclaman algunos juristas, al sostener la "irrestricta" aplicación
del principio de legalidad como solución a cualquier crisis, ineficacia o desvío en el ejercicio del poder. Por el contrario,
opino que esta postura nos ha impedido elaborar diagnósticos, propuestas y
estrategias novedosas. Es necesario examinar los pros y los contras de la
concepción actual, vislumbrar el futuro deseable, y generar un pensamiento y
actitud que se traduzca en acciones concretas que permeen de forma directa en
beneficio de la sociedad.
La función pública debe
desempeñarse de manera flexible, conciliadora, y racional. Debe modernizarse
sin que esto implique una acción desvalorizada y mucho menos ilícita. En el
plano de lo cotidiano, el servidor público debe privilegiar la aplicación de
los principios que rigen su actividad: "legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad y eficiencia"[2].
Debe anteponer la satisfacción del interés público y la tutela de los derechos
y libertades del particular sobre cualquier reglamento, procedimiento
administrativo, o formalidad.
La reforma al artículo primero de
la Constitución Política en México, abre e impone un nuevo paradigma bajo el
que debe refundarse a la función pública. A razón del nuevo instructivo se establece
claramente que prevalezca la actuación más efectiva y favorecedora para la
protección de los gobernados. La tutela de sus derechos fundamentales está por
encima de cualquier otro aspecto formal. La
"reglamentitis"[3]
debe ser extirpada.
Los servidores públicos de alta
jerarquía, se deben constituir como ejemplos de voluntad, disciplina, y arrojo.
Deben brindar orden, unidad y coherencia. Como líderes, deben allegarse de especialistas,
reforzar las partes más débiles. Los equipos de trabajo convienen ponerse a
prueba, la confianza no entraña eficiencia, eficacia y congruencia.
En suma, como estableció Paul H.
Appleby: el servidor público debe tener las cualidades que lo permitan buscar
incasablemente la mejoría del servicio que tiene encomendado; debe ser empático
y accesible frente al público y al subordinado; debe tener capacidad para
trabajar en equipo, visión para conformarlo; tener confianza en él mismo, sin
ocultar su ignorancia o fallas personales; debe contar con capacidad para
enfrentar problemas, no acobardarse frente a la adversidad, y disposición para
asumir responsabilidades; debe saber aprovechar los recursos institucionales; buscar
eficacia y no únicamente el ejercicio del poder; debe tener inclinación a la
acción.[4]
El servidor público sobre todo
debe ser leal, debe tener carácter y oficio; conciencia, constancia y pasión.
Debe estar convencido por dar siempre el extra; por ser ejemplo de admiración.
Si no tiene como sueño de vida servir a la sociedad, entonces no se cuenta con
el carácter y oficio que requiere la asignatura.
[1] Ortega y Gasset, JoséJose. “Un rasgo de la vida alemana” en Obras Completas,
tomo V, editorial Alianza, Madrid, España, 1983.
[2] Principios rectores de la función pública según el artículo 109 de la
Constitución Política.
[3] Aplicar las disposiciones reglamentarias por encima de las normas de jerarquía
superior (Constitución, Tratados y Leyes Secundarias). Acción que no en pocas
ocasiones obedece a pretender salvar cualquier responsabilidad administrativa.
[4] Apud. Serrano Migallón, Fernando. El
particular frente a la Administración, Ediciones del Instituto Nacional de
Administración Pública, México, 1977.
© Luis Rodrigo Vargas Gil.