viernes, 26 de septiembre de 2014

Cualidades del Servidor Público en México

El futuro deseable a partir de la comprensión de nuestra época.

Bien lo estableció Ortega y Gasset: el arquetipo de servidor público es aquel “hombre oculto tras el role oficial [que] ha aceptado radicalmente éste, se ha sumergido por completo en él, ha inhibido de una vez para siempre su vida personal [...] hace lo que hace –el oficio– con verdadera fruición, cosa imposible si al individuo no le parece, ya como individuo, un ideal ser funcionario"[1].

No se trata de proyectar una utopía, sino de establecer un ideal que oriente el desempeño de la función pública. Frente a la realidad se deben establecer anhelos y expectativas que guíen el ánimo; anhelos que inspiren a la acción, que le den contenido y finalidad.

Tampoco se trata de la apología a la ley que proclaman algunos juristas, al sostener la "irrestricta" aplicación del principio de legalidad como solución a cualquier crisis, ineficacia o desvío  en el ejercicio del poder. Por el contrario, opino que esta postura nos ha impedido elaborar diagnósticos, propuestas y estrategias novedosas. Es necesario examinar los pros y los contras de la concepción actual, vislumbrar el futuro deseable, y generar un pensamiento y actitud que se traduzca en acciones concretas que permeen de forma directa en beneficio de la sociedad.  

La función pública debe desempeñarse de manera flexible, conciliadora, y racional. Debe modernizarse sin que esto implique una acción desvalorizada y mucho menos ilícita. En el plano de lo cotidiano, el servidor público debe privilegiar la aplicación de los principios que rigen su actividad: "legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia"[2]. Debe anteponer la satisfacción del interés público y la tutela de los derechos y libertades del particular sobre cualquier reglamento, procedimiento administrativo, o formalidad.

La reforma al artículo primero de la Constitución Política en México, abre e impone un nuevo paradigma bajo el que debe refundarse a la función pública. A razón del nuevo instructivo se establece claramente que prevalezca la actuación más efectiva y favorecedora para la protección de los gobernados. La tutela de sus derechos fundamentales está por encima de cualquier otro aspecto formal. La "reglamentitis"[3] debe ser extirpada.

Los servidores públicos de alta jerarquía, se deben constituir como ejemplos de voluntad, disciplina, y arrojo. Deben brindar orden, unidad y coherencia. Como líderes, deben allegarse de especialistas, reforzar las partes más débiles. Los equipos de trabajo convienen ponerse a prueba, la confianza no entraña eficiencia, eficacia y congruencia.

En suma, como estableció Paul H. Appleby: el servidor público debe tener las cualidades que lo permitan buscar incasablemente la mejoría del servicio que tiene encomendado; debe ser empático y accesible frente al público y al subordinado; debe tener capacidad para trabajar en equipo, visión para conformarlo; tener confianza en él mismo, sin ocultar su ignorancia o fallas personales; debe contar con capacidad para enfrentar problemas, no acobardarse frente a la adversidad, y disposición para asumir responsabilidades; debe saber aprovechar los recursos institucionales; buscar eficacia y no únicamente el ejercicio del poder; debe tener inclinación a la acción.[4]

El servidor público sobre todo debe ser leal, debe tener carácter y oficio; conciencia, constancia y pasión. Debe estar convencido por dar siempre el extra; por ser ejemplo de admiración. Si no tiene como sueño de vida servir a la sociedad, entonces no se cuenta con el carácter y oficio que requiere la asignatura.




[1] Ortega y Gasset, JoséJose. “Un rasgo de la vida alemana” en Obras Completas, tomo V, editorial Alianza, Madrid, España, 1983.
[2] Principios rectores de la función pública según el artículo 109 de la Constitución Política.
[3] Aplicar las disposiciones reglamentarias por encima de las normas de jerarquía superior (Constitución, Tratados y Leyes Secundarias). Acción que no en pocas ocasiones obedece a pretender salvar cualquier responsabilidad administrativa.
[4] Apud. Serrano Migallón, Fernando. El particular frente a la Administración, Ediciones del Instituto Nacional de Administración Pública, México, 1977.

© Luis Rodrigo Vargas Gil.

No hay comentarios: